viernes, 4 de diciembre de 2009

Recurrir es cosa de ricos

La renovada ley de tráfico, es decir, la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, publicada en el BOE el pasado 24 de Noviembre, modifica algunos aspectos tan vitales como son las sanciones y sus consecuencias para el infractor. No se trata de defender ni mucho menos a los infractores. Todo lo que se haga en favor de la seguridad en nuestras carreteras es poco y además beneficiará en mayor medida a los colectivos que pasan mayor tiempo en ella, como es el caso de los transportistas. Sin embargo, la normativa conlleva algunos cambios que tienen, como mínimo una doble lectura. Se habla de la posibilidad de ver reducida la sanción económica al 50 por ciento en caso de pronto pago. Perfecto... sinó fuera porque acojerse a esa opción imposibilita realizar un recurso a la sanción. Y claro, puede suceder en alguna ocasión que el ciudadano, escaso de contante y sonante en el bolsillo, prefiera pagar ahora a arriesgarse a pagar luego el doble, pese a estar en desacuerdo con la denuncia recibida. Y no se trata ya del típico y viejo desacuerso entre el conductor despistado y el señor guardia de toda la vida... CAda día son más las denuncias que nos pueden llegar a causa de automatismos tales como cámaras espía en semáforos, radares fijos, sistemas de cálculo de la velocidad media en túneles, coches cámara que sancionan sin detenerse con una foto, no pudiendo distinguir si un vehículo está mal estacionado o simplemente espera para entrar en un garaje... La idefensión del ciudadano conductor es mucha, ante la cada día mayor abundancia tecnológica que nos vigila y por eso no nos parece del todo inocente ese premio a quienes renuncien a su derecho de recurrir sanciones. Es más, en estos tiempos de crisis parece un remedio fácil para tratar de asegurar la recaudación. Será que quien esto os escribe malpiensa en exceso...

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